Gratificación por navidad 2021: ¿Quiénes recibirán este pago?

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Las empresas del sector privado tienen plazo hasta el próximo 15 de diciembre para depositar la gratificación de Navidad 2021 a sus trabajadores.

Este beneficio laboral se entrega dos veces al año y es equivalente a la última remuneración básica del trabajador, sin descuentos, sumado a una bonificación extraordinaria de 9% por EsSalud o 6.75% si tu seguro es EPS.

Pero, ¿cómo saber si me corresponderá recibir la gratificación de este mes?

¿Quiénes reciben la gratificación?

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) precisa que este derecho laboral se entrega a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial.

Para recibir este dinero extra el trabajador deberá haber laborado al menos un mes completo en el semestre de julio a diciembre del 2021.

En el caso de los empleados de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), la ley indica que ellos percibirán medio sueldo de gratificación.

También tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la microempresa que hayan sido contratados antes de que la microempresa se inscriba en el Remype.

Asimismo, conforme a la Ley 31047, los trabajadores del hogar deben recibir una gratificación equivalente a un sueldo completo.

En el caso de los trabajadores comprendidos en el Régimen Laboral Agrario, ellos recibirán gratificación si comunicaron a su empleador que deseaban recibir este dinero de manera semestral. Sino lo hicieron entonces ya están recibiendo su gratificación dentro de su remuneración diaria.

¿Hay diferencia si trabajo en la modalidad remota?

La laboralista del estudio Payet, Cristina Oviedo, precisa que el pago de la gratificación legal no depende de si el trabajador presta servicios de forma remota o presencial.

«El pago de la gratificación legal de los trabajadores que laboran en trabajo remoto es la misma para los que laboran de forma presencial, siempre y cuando se encuentren laborando efectivamente durante la quincena de diciembre y tengan como mínimo 1 mes de servicios para su empleador», indicó.

Para tener derecho a la gratificación legal por Navidad, el trabajador debe encontrarse laborando efectivamente durante la quincena de diciembre o estar en descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, licencia que origine el pago de subsidios, descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios de la seguridad social.

¿Cómo calculo cuánto recibiré?

La ley indica que el monto de la gratificación es equivalente a la última remuneración básica que recibió el trabajador, sin hacer los descuentos de AFP u ONP, ni seguros.

Además de ese monto de gratificación, se suma la bonificación extraordinaria que corresponde al aporte que realiza la empresa por tu seguro de EsSalud o Entidades Prestadoras de Salud (EPS).

En algunos casos también se incluye una asignación familiar, pero solo a quienes tengan hijos menores de edad o dependientes que cursen estudios superiores.

Con esto, el dinero extra que te depositan es igual a: Tu sueldo + asignación familiar + bono de 9% o 6.75% de tu salario, dependiendo del tipo de aseguradora que salud que tienes.

Si el trabajador ha venido percibiendo comisiones, el monto de la gratificación se calcula sobre la base del promedio percibido en los últimos seis (6) meses anteriores al 15 de diciembre. No es requisito que las comisiones hubieran sido percibidas durante 3 veces en el semestre para que se consideren en cálculo de las gratificaciones como sí ocurre con las horas extras.


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